Asamblea General

ELECCIÓN DE AUTORIDADES

Al elegir los representantes de los distintos niveles de MINURVI, deberá siempre procurarse el consenso y observarse el principio de rotación de los representantes. En caso de que no exista consenso, se procederá a la elección por mayoría de votos de las dos terceras (2/3) partes de los presentes en la Asamblea General.

¿CUÁNDO SE REÚNE LA ASAMBLEA GENERAL?

Anualmente y se deberá, siempre que sea posible, realizarse en fecha y lugar coincidente con las reuniones del Foro Iberoamericano de Ministros y Autoridades Máximas del Sector de la Vivienda y el Urbanismo, con el propósito de obtener la máxima complementariedad entre ambos. Serán convocadas por el representante del país anfitrión, con una anterioridad mínima de dos meses.

El gasto de las reuniones de la Asamblea General corresponde al país anfitrión, excluyéndose los gastos relacionados con el traslado y la estadía de las respectivas delegaciones nacionales. En cuanto al financiamiento de las acciones desarrolladas por las Secretarías Técnica y General y los restantes miembros del Comité Ejecutivo, cada país solventará los gastos que las mismas demanden.

¿QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR DE LA ASAMBLEA COMO COLABORADORES?

Organizaciones Intergubernamentales, Organismos Gubernamentales Nacionales, invitados especiales y Organizaciones No gubernamentales vinculadas a temas de vivienda y desarrollo urbano. Los colaboradores podrán participar, con derecho a voz, en las reuniones de la Asamblea General, en la medida en que, se acredite su participación, y ésta sea solicitada por un país o países miembros a los organizadores de la referida reunión.

¿CÓMO SON LAS REUNIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL?

Tienen dos fases: la técnica y la ministerial, no debiendo en lo posible exceder de tres días la duración de ambas.

FASE TÉCNICA

Participarán delegados designados por las Autoridades Máximas de cada país, para analizar las propuestas presentadas por la Secretaría Técnica a través del Comité Ejecutivo, con el propósito de colaborar con las decisiones a ser tomadas en la Fase Ministerial, y en especial, a la elaboración de los documentos a ser debatidos en la Fase Ministerial.

  • Las deliberaciones, de la Fase Técnica, serán tomadas en reuniones plenarias, presididas por una mesa electa por los participantes de la reunión.
  • En las reuniones de la Fase Técnica podrán ser constituidas subcomisiones, debiendo sus resultados ser presentados a la reunión plenaria señalada en el párrafo anterior.
  • Los documentos y las propuestas a ser sometidos al análisis de la Fase Técnica deberán ser distribuidos a los participantes con, un mínimo de veinte (20) días de anterioridad a la fecha de la reunión anual.
  • El Comité Ejecutivo podrá, en carácter excepcional, admitir la incorporación de temas no previstos en el programa, una vez analizada la relevancia o la urgencia de la solicitud.

FASE MINISTERIAL

Será dirigida por una Mesa Electa por el Plenario, antes del inicio de los trabajos y presidida por el representante del país anfitrión.

  • En las reuniones de la Fase Ministerial podrá ser incluida, a criterio del Comité Ejecutivo, la exposición de los colaboradores.
  • Las decisiones de la Fase Ministerial buscarán el consenso. En su defecto, se procederá a la votación, decidiéndose por mayoría calificada (2/3) de los representantes presentes en la reunión.
  • Al término de la Fase Ministerial será firmado, por todos los Ministros y Autoridades Máximas presente el Documento de Acuerdos.

¿CÓMO SE ADOPTAN LAS RESOLUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL?

Será mediante Resolución, ajustándose a las siguientes reglas:

  • Las Resoluciones de MINURVI pueden referirse a asuntos de interés general de la región o aspectos pertinentes a una determinada subregión, a un país o a un grupo específico de países.
  • Las Resoluciones de MINURVI serán numeradas, en orden secuencial, correspondiendo a la Asamblea General definir respecto de los elementos a ser necesariamente considerados para su edición.
  • Las Resoluciones de MINURVI serán de conocimiento público, debiendo ser distribuidas a todos los países miembro, a los organismos internacionales, multilaterales, nacionales, así como a todas las entidades que directa o indirectamente, traten asuntos relativos a MINURVI.
  • Las resoluciones de MINURVI tienen carácter vinculante respecto de las decisiones a ser tomadas, por los países miembros de MINURVI, en el ámbito del Foro Iberoamericano.