Al elegir los representantes de los distintos niveles de MINURVI, deberá siempre procurarse el consenso y observarse el principio de rotación de los representantes. En caso de que no exista consenso, se procederá a la elección por mayoría de votos de las dos terceras (2/3) partes de los presentes en la Asamblea General.
Anualmente y se deberá, siempre que sea posible, realizarse en fecha y lugar coincidente con las reuniones del Foro Iberoamericano de Ministros y Autoridades Máximas del Sector de la Vivienda y el Urbanismo, con el propósito de obtener la máxima complementariedad entre ambos. Serán convocadas por el representante del país anfitrión, con una anterioridad mínima de dos meses.
El gasto de las reuniones de la Asamblea General corresponde al país anfitrión, excluyéndose los gastos relacionados con el traslado y la estadía de las respectivas delegaciones nacionales. En cuanto al financiamiento de las acciones desarrolladas por las Secretarías Técnica y General y los restantes miembros del Comité Ejecutivo, cada país solventará los gastos que las mismas demanden.
Organizaciones Intergubernamentales, Organismos Gubernamentales Nacionales, invitados especiales y Organizaciones No gubernamentales vinculadas a temas de vivienda y desarrollo urbano. Los colaboradores podrán participar, con derecho a voz, en las reuniones de la Asamblea General, en la medida en que, se acredite su participación, y ésta sea solicitada por un país o países miembros a los organizadores de la referida reunión.
Tienen dos fases: la técnica y la ministerial, no debiendo en lo posible exceder de tres días la duración de ambas.
Participarán delegados designados por las Autoridades Máximas de cada país, para analizar las propuestas presentadas por la Secretaría Técnica a través del Comité Ejecutivo, con el propósito de colaborar con las decisiones a ser tomadas en la Fase Ministerial, y en especial, a la elaboración de los documentos a ser debatidos en la Fase Ministerial.
Será dirigida por una Mesa Electa por el Plenario, antes del inicio de los trabajos y presidida por el representante del país anfitrión.
Será mediante Resolución, ajustándose a las siguientes reglas: